Supresión de datos del directorio
Si tu entidad aparece en el directorio público de Pliegos.es y quieres pedir la supresión, la rectificación o la oposición al tratamiento, aquí está la vía, lo que debes incluir y los plazos con los que nos comprometemos.
Última revisión: agosto de 2026
Vía única: legal@pliegos.es. Acusamos recibo en un día hábil y la exclusión es efectiva en un máximo de 72 horas.
1. Qué cubre esta página
Pliegos.es publica un directorio de fichas de empresas adjudicatarias y de organismos construido a partir de publicaciones oficiales de contratación pública. Esta página explica cómo pedir que una de esas fichas se corrija o deje de publicarse.
Si lo que quieres es ejercer tus derechos sobre los datos que nos facilitaste al solicitar una demo o al escribirnos, eso se trata en la política de privacidad, que describe el mismo buzón y los mismos derechos aplicados a ese otro tratamiento.
2. Cómo pedirlo
Escribe a legal@pliegos.es. Es la única vía y está publicada en el pie de todas las páginas y en la propia ficha de cada empresa, para que ejercer un derecho no dependa de encontrar el canal adecuado.
Para que podamos actuar sin ir y venir, incluye:
- Qué ficha: el identificador fiscal (NIF) de la entidad o bien la dirección web de la ficha en pliegos.es. Con cualquiera de los dos basta.
- Qué pides: supresión de la ficha, rectificación de un dato concreto u oposición al tratamiento.
- El motivo: qué está mal o por qué la publicación te perjudica. Cada petición se registra con su razón, así que el motivo forma parte del expediente y no es un trámite decorativo.
Podemos pedirte que acredites tu relación con la entidad si hay dudas razonables sobre quién realiza la solicitud.
3. Plazos
| Momento | Compromiso |
|---|---|
| Acuse de recibo | Un día hábil desde que recibimos el correo. |
| Exclusión efectiva | Un máximo de 72 horas desde la petición. |
El sitio público se reconstruye cada mañana, y esa cadencia basta para cumplir el plazo. Cuando un caso es urgente no esperamos al proceso automático: se lanza la reconstrucción a mano.
4. Rectificar no es lo mismo que suprimir
Es la distinción que más malentendidos genera, así que conviene decirla claramente. Depende de dónde esté el error:
| Situación | Qué hacemos |
|---|---|
| El dato es correcto en la fuente oficial y nosotros lo hemos reproducido bien. | No lo corregimos. Te indicamos dónde está la publicación original y, si lo pides, excluimos la ficha del directorio. |
| El error es nuestro: una atribución equivocada entre razones sociales parecidas, una agregación mal hecha. | Corregimos el modelo, no solo tu ficha, porque un fallo así afecta a todas las fichas con el mismo patrón y no únicamente a quien reclama. |
Pliegos.es no corrige el registro público ni puede hacerlo. Publicar un dato distinto del oficial sería peor que no publicarlo: dejaría en circulación dos versiones de un mismo hecho sin que nadie pueda saber cuál rige.
5. Qué alcanza la exclusión y qué no
Excluir una ficha la retira de la superficie pública: deja de publicarse, desaparece del mapa del sitio y los listados y agregados que la citaban se recalculan sin ella en la siguiente reconstrucción.
El alcance depende de qué se excluye, y conviene saberlo antes de pedirlo porque en un caso hay una excepción:
| Qué se excluye | Se retira | Se conserva |
|---|---|---|
| Una empresa | Su ficha y todas sus apariciones: rankings, muestras y bloques de adjudicatarias de cualquier página. | Nada más. No queda ninguna aparición suya en el sitio. |
| Un organismo | Su ficha y sus apariciones en los rankings y las muestras de otras páginas. | Su nombre como órgano convocante en la ficha de cada expediente que convocó. |
| Un expediente | Su ficha y sus apariciones en muestras y listados de otras páginas. | Nada más. |
La excepción del organismo es deliberada y no una limitación técnica. Quién convoca un contrato público es el hecho central de ese expediente, y vaciarlo dejaría un registro engañoso además de inútil: una ficha que dijera qué se licitó, por cuánto y a quién se adjudicó, pero no quién lo convocó, describiría mal un acto administrativo. Un organismo puede pedir que su perfil agregado deje de publicarse; no puede pedir que los contratos que adjudicó dejen de tener convocante.
Y en los tres casos, la exclusión tampoco hace esto:
- No borra la publicación oficial. La evidencia de contratación pública sigue publicada por su organismo, en su plataforma y bajo su responsabilidad. Ahí no alcanzamos ni debemos alcanzar.
- No vacía el almacén. Los datos siguen disponibles en el producto autenticado y en el canal para agentes, que tienen otra base de tratamiento y otro régimen de acceso.
Cada exclusión queda registrada de forma auditable, con su motivo y su fecha, y revertirla exige una decisión explícita y revisada. En la práctica, una ficha excluida no vuelve sola.
6. Si eres una persona física
Ninguna superficie pública de Pliegos.es publica datos de personas físicas. El directorio se limita a personas jurídicas: se excluyen los identificadores con forma de DNI o de NIE, las agrupaciones por razón social sin NIF verificado y cualquier dato de contacto personal, aunque figure en la publicación oficial.
Si aun así encuentras una ficha que corresponde a una persona física, es un fallo nuestro. Escríbenos por esta misma vía y lo tratamos con prioridad sobre el resto de peticiones.
7. Reclamación ante la autoridad de control
Si consideras que no hemos atendido correctamente tu solicitud, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), con domicilio en calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid, y sede electrónica en www.aepd.es.
Para cualquier cuestión relacionada con esta página, escribe a legal@pliegos.es.